Políticas y procedimientos anticorrupción
El compromiso de E-REPAIR en la lucha contra la corrupción
Cada empleado y director deberá leer y comprender el contenido de esta política y comportarse de conformidad con sus normas, así como con las leyes y reglamentos vigentes.
E-REPAIR ha implementado este Modelo Anticorrupción en cumplimiento de los estándares éticos y de la normativa internacional y nacional sobre la prevención de la corrupción en todas sus formas, ya sea directa e indirecta, así como la integridad, transparencia y corrección en el desempeño de sus funciones. Actividades de negocio. El Modelo fue aprobado por resolución de la Junta Directiva de E-REPAIR, y al mismo tiempo, se identificaron las personas responsables de implementar el Modelo. E-REPAIR promueve, en la medida de lo posible, la adopción y el cumplimiento de los estándares definidos por este Modelo por parte de las empresas o entidades asociadas a la empresa (consorcios, asociaciones temporales, empresas mixtas, etc.). A partir de la fecha de implantación de este Modelo, los acuerdos con terceros en general que deban representar a E-REPAIR frente a terceros deberán incluir cláusulas específicas sobre el cumplimiento de las normas de conducta establecidas por este Modelo.
1.2 Objetivos y contenidos
E-REPAIR, en cumplimiento de lo dispuesto en el Código Ético, se compromete a realizar sus actividades respetando los principios éticos y la legislación aplicable. Disponer de una herramienta que defina los principios y la política a adoptar para la realización de operaciones comerciales de forma coherente con lo dispuesto en las principales normas internacionales anticorrupción ('FCPA' Foreign Corrupt Practices Act y 'UKBA' UK Bribery Act) y con las vigentes en los países donde opera E-REPAIR, y tal como lo define la dirección de la empresa, es de suma importancia para E-REPAIR. Este Modelo Anticorrupción se implanta con el fin de proporcionar un marco normativo Anticorrupción sistemático, al que E-REPAIR se referirá para prevenir la corrupción activa y pasiva, y, en particular, el ofrecimiento y recepción de dinero, ventajas y/u otros beneficios, o pagos, realizados o recibidos, por cualquier persona que actúe en nombre o por cuenta de la Compañía en relación con actividades comerciales, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas Anticorrupción. El Modelo, por tanto, será una guía que aborde los riesgos de corrupción que puedan presentarse en el desempeño de las actividades empresariales. También cabe señalar que, en caso de que las disposiciones establecidas por la legislación local sean más restrictivas que este Modelo, E-REPAIR se compromete a cumplirlas. Sin embargo, ningún Modelo es capaz de regular todas las situaciones potenciales que realmente podrían ocurrir. Por lo tanto, se alienta a los empleados a solicitar a sus supervisores cualquier información sobre hechos y circunstancias específicos que puedan afectar estos temas.
Existen varias leyes anticorrupción en todo el mundo. El soborno de Funcionarios Públicos es considerado un delito en casi todos los países; en algunos países, el soborno de Funcionarios Públicos de otros países también se considera un delito. Además, en muchos países también está prohibido el soborno entre particulares. Italia, con la reciente Ley n. 190 del 11/06/2012, destinado a implementar las disposiciones del Convenio de Estrasburgo del 27/01/1999.
Las Leyes Anticorrupción en pocas palabras:
- en general, las leyes anticorrupción prohíben los pagos realizados directa o indirectamente, incluidos los pagos realizados a cualquier persona con conocimiento de que ese pago se compartirá con un funcionario público o con un particular, así como las ofertas o promesas de un pago u otra beneficio con fines de corrupción a Funcionarios Públicos o particulares;
- Las leyes anticorrupción exigen que las empresas se equipen y lleven libros, registros y registros contables que, con un detalle razonable, reflejen con precisión y corrección las operaciones, gastos (aunque no sean "significativos" desde el punto de vista contable), adquisiciones y enajenaciones de activos.
2.2 Funciones y responsabilidades
Todos los destinatarios deberán leer, comprender e implementar este Modelo Anticorrupción. Este Modelo es revisado periódicamente en caso de que las normas anticorrupción nacionales e internacionales, denominadas Buenas Prácticas, estén sujetas a cambios o interpretaciones jurisprudenciales. La versión actualizada de este Modelo está disponible en la página web de E-REPAIR en https://www.e-repair.com. Si se requieren aclaraciones sobre el contenido del Modelo, incluida la aplicación de las medidas contenidas en él, sobre las leyes anticorrupción italianas, o sobre las leyes vigentes en el país donde opera el Grupo, o sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en este Modelo con respecto a las disposiciones anticorrupción del país donde se opera, o para cualquier otra información, se invita a todos los destinatarios a consultar a la gerencia de la empresa.
- Unidad Anticorrupción
Sección anticorrupción
2.3 El Régimen de Sanciones
Las políticas y procedimientos contenidos en el Modelo Anticorrupción formarán parte integrante del programa de cumplimiento corporativo de E-REPAIR. Todo trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia que no cumpla con lo dispuesto en este Modelo o no denuncie alguna conducta ilícita conocida o sospechada estará sujeto a medidas disciplinarias en función del tipo de incumplimiento (incluidas las sanciones previstas en el contrato de trabajo aplicable, despido y suspensión del trabajo y acciones legales). Los gerentes deberán alentar activamente a su personal a observar las políticas y procedimientos contenidos en este Modelo, sin ignorar la evidencia de cualquier incumplimiento. Estarán sujetos a medidas disciplinarias si toman conocimiento o tienen motivos para creer, con motivos razonables, que un comportamiento prohibido por estas políticas y procedimientos es perpetrado por empleados bajo su supervisión, sin tomar ninguna acción disuasoria o las medidas correctivas necesarias.
- inducir a un Funcionario Público, a un Funcionario de la Función Pública oa un particular a realizar indebidamente cualquier función de carácter público o cualquier actividad asociada a una actividad comercial de una empresa del Grupo, o recompensarlo por haberla realizado;
- para influir en un acto oficial (u omisión) por parte de un Funcionario Público o un Funcionario de Servicio Público o cualquier decisión en violación de un deber oficial;
- para obtener, asegurar o mantener un negocio o una ventaja desleal en relación con las actividades comerciales;
- para obtener, asegurar o mantener un negocio o una ventaja injusta no solo para la Compañía, sino también para intereses personales o de un familiar o conocido, en violación de las obligaciones de lealtad;
- más generalmente, para violar las leyes aplicables.
El cumplimiento del Modelo Anticorrupción es obligatorio para todo el Personal de E-REPAIR y, en lo que le concierne, para los Socios, Terceros Relevantes y terceros en general que trabajen para E-REPAIR; y en particular:
- El Personal de E-REPAIR es responsable, cada uno en la parte que le corresponde, de cumplir con el Modelo Anticorrupción. Asimismo, los jefes de equipo son responsables de supervisar el cumplimiento de las mismas por parte de sus colaboradores y de tomar medidas para prevenir, identificar y reportar incumplimientos;
- ninguna actividad que viole este Modelo Anticorrupción y/o las Leyes Anticorrupción será, en ningún caso, justificada o tolerada por el hecho de ser considerada como “costumbre” en un sector específico y/o en los países en que opera la Compañía. No se puede imponer ni aceptar ninguna prestación en violación de este Modelo;
- cualquier Tercero que viole este Modelo Anticorrupción y/o las Leyes Anticorrupción estará sujeto a disposiciones contractuales (como suspensión de contrato, compensación de daños, terminación de contrato, terminación de relaciones comerciales con E-REPAIR);
- Los términos y condiciones de los puestos de trabajo no se verán afectados en forma alguna, si el Personal de E-REPAIR se niega a adoptar un comportamiento contrario a lo dispuesto en este Modelo Anticorrupción y/o las Leyes Anticorrupción, incluso si tal negativa ha causado la pérdida. de una oportunidad de negocio o tuvo otras consecuencias perjudiciales para el negocio.
3.1 Administración Pública
Las múltiples relaciones entre la Sociedad y las Administraciones Públicas (en adelante, también las “AP”) pueden generar situaciones potenciales de riesgo, pudiendo responsabilizarse a E-REPAIR por hechos o intentos de corrupción cometidos o intentados con Funcionarios Públicos que puedan solicitar beneficios indebidos para actuar en incumplimiento de sus deberes o en violación de sus obligaciones oficiales.
Las relaciones con la Administración Pública se refieren principalmente a las siguientes categorías:
- transacciones en las que el PA es el cliente de un proyecto: estas relaciones pueden dar lugar al riesgo de corrupción en la adjudicación de un contrato, la gestión del contrato o en cualquier otra fase del proyecto, como la obtención de certificados de pago del Ingeniero o
- obtención de medidas administrativas donde la AP es responsable: estas actividades pueden generar riesgos de corrupción, durante las actividades para obtener documentos/autorizaciones emitidas por la AP (incluidas licencias, permisos, registros, concesiones y otras aprobaciones necesarias para el negocio), la importación o exportación de mercancías, la gestión de inspecciones sanitarias o de seguridad, etc.;
- el cumplimiento de las obligaciones hacia la Autoridad Palestina: la necesidad de cumplir con dichas obligaciones, incluida la implementación de los requisitos reglamentarios, la ejecución de inspecciones específicas y la presentación de declaraciones, etc. puede generar riesgos de corrupción;
- inspecciones o controles por parte de la AP: el manejo de las solicitudes durante las inspecciones, controles, verificaciones e investigaciones, etc. que los gerentes de E-REPAIR deben gestionar podría generar riesgos para la Compañía;
- disputas legales – las disputas con las entidades de la Administración Pública y los particulares pueden generar situaciones que impliquen un riesgo de corrupción en las relaciones con las autoridades.
E-REPAIR prohíbe cualquier forma de pago, beneficio u otra ventaja indebida a un Funcionario Público en incumplimiento del Modelo Anticorrupción y las leyes anticorrupción aplicables, incluso si se solicitan expresamente o si es habitual en ciertos entornos, y esto crea cualquier tipo de desventaja. para E-REPAIR o su personal. E-REPAIR también requiere que su Personal notifique de inmediato cualquier solicitud ilícita recibida de los Funcionarios Públicos o dudas que surjan sobre cómo manejar las relaciones con ellos.
3.2 Terceros
E-REPAIR exige que todas las relaciones con terceros (contratistas, consultores, proveedores y otras personas físicas, jurídicas y otras entidades) mantenidas como parte de las actividades comerciales se caractericen por la equidad y la transparencia y se basen en fuentes de información rastreables, y que cumplen con las Leyes Anticorrupción y todas las demás leyes aplicables.
3.2.1 Proveedores y Clientes
Las actividades de corrupción realizadas por o en favor de los proveedores de E-REPAIR (incluidos los subcontratistas) o clientes están sujetas a las Leyes Anticorrupción y pueden implicar responsabilidad para la propia E-REPAIR, ya que se consideran en riesgo de corrupción. Un cliente, por ejemplo, podría requerir que la Compañía trabaje con un proveedor específico con quien el cliente tiene alguna relación, con el fin de obtener beneficios personales. E-REPAIR prohíbe cualquier conducta que entre en conflicto con los principios del Modelo Anticorrupción, por lo que E-REPAIR no se hace responsable.
Para prevenir tales comportamientos, potencialmente lesivos para los intereses y derechos de la empresa, E-REPAIR requiere que todos sus proveedores y clientes cumplan con los estándares éticos establecidos por la empresa y las leyes aplicables, incluidas las Leyes Anticorrupción, al realizar actividades comerciales con E-REPAIR. En caso de que la contraparte disponga de un Modelo Organizativo, de Gestión y Control propio conforme al Decreto Legislativo 231/2001 (en adelante, también denominado Modelo Organizativo), Modelo Anticorrupción o Código Ético, E-REPAIR comprobará que los principios contenidos en ellos reflejan los adoptados por E-REPAIR. E-REPAIR resolverá el contrato en caso de incumplimiento de las Leyes Anticorrupción o de las obligaciones Anticorrupción previstas en el contrato. Con referencia a los contratos de consultoría y servicios profesionales, E-REPAIR requiere que se adopten prácticas de conducta basadas en los principios fundamentales de honestidad, transparencia y trazabilidad de las fuentes de información, también en cumplimiento de las Leyes Anticorrupción y demás leyes aplicables.
En particular, se adoptarán los siguientes principios:
- los proveedores de tales servicios deberán ser únicamente personas naturales o jurídicas o entidades, confiables y de excelente reputación;
- E-REPAIR tiene derecho a realizar controles sobre la actividad de la contraparte, en caso de incumplimiento de las disposiciones y/o principios éticos;
- todos los acuerdos deberán incluir la cláusula de 'Responsabilidad Administrativa' y solicitar explícitamente al consultor/profesional que adopte los principios del Código Ético y Modelo Anticorrupción de E-REPAIR;
- no se pagarán honorarios o comisiones a consultores o trabajadores por cuenta propia que sean incompatibles con los servicios prestados a la empresa o con el encargo encomendado y las condiciones/prácticas adoptadas por el mercado o determinadas por tarifas profesionales;
El proceso de adquisición y las actividades relacionadas se rigen en detalle en los procedimientos de la empresa E-REPAIR. Estos procedimientos y directrices identifican los roles y responsabilidades de los actores clave en dicho proceso y establecen las condiciones para una selección y gestión justa y transparente de proveedores, así como procedimientos para su reporte y control, y la gestión de documentación importante y seguimiento. pagos
3.3 Terceros significativos
Tercero relevante significa cualquier persona física o jurídica, que no sea un empleado, que actúe en nombre y/o por cuenta de E-REPAIR y que pueda tener contacto con un funcionario público o una entidad privada en el desempeño de sus funciones. /su trabajo en nombre y/o por cuenta de E-REPAIR. Los terceros significativos se clasifican en las siguientes categorías:
- Socios (en empresas conjuntas, consorcios, sociedades de propósito especial, etc.)
- Consultores, prestadores de servicios profesionales y trabajadores por cuenta propia, que por razón de las actividades que desarrollan, tengan contactos con un Funcionario Público o entidad privada a nombre y/o por cuenta de Funcionario o entidad privada a nombre y/o por cuenta de E-REPAIR
- Terceros involucrados en transacciones extraordinarias.
Los Terceros Relevantes están obligados a cumplir con los principios contenidos en este Modelo. E-REPAIR prohíbe cualquier conducta que entre en conflicto con los principios del Modelo Anticorrupción, por lo que E-REPAIR no se hace responsable. Para prevenir tales comportamientos, potencialmente dañinos para los intereses y derechos de la empresa, E-REPAIR requiere que los Terceros cumplan con las leyes aplicables, incluidas las Leyes Anticorrupción, cuando realicen actividades comerciales con E-REPAIR. E-REPAIR realiza las comprobaciones oportunas antes de la aprobación, con el fin de determinar si un Tercero Relevante actúa, o si existe un riesgo concreto de que pueda actuar, en violación de este Modelo Anticorrupción, de otras Directrices de E-REPAIR, del Código de Ética o leyes aplicables. En particular, E-REPAIR requiere que antes de establecer una relación comercial con un Tercero Relevante, se lleven a cabo las siguientes evaluaciones:
- se llevará a cabo una inspección exhaustiva de diligencia debida del Tercero Significativo;
- durante la fase de diligencia debida, si surgen señales de alerta, se deben realizar verificaciones para garantizar que los problemas se hayan resuelto adecuadamente o que se hayan implementado las medidas adecuadas para salvaguardar E-REPAIR;
- seguimiento durante el transcurso de la relación u operación con el Tercero Relevante, durante el cual se realizarán comprobaciones para asegurar que la contraparte sigue cumpliendo los requisitos del Modelo.
3.3.1 Socios
E-REPAIR puede colaborar con personas jurídicas para ganar o desarrollar o gestionar pedidos también sobre la base de cualquier imposición de la legislación local de los países en los que opera. Un socio es una persona jurídica que comparte los riesgos asociados con una inversión, o las ganancias o la propiedad de una transacción. Estos tipos de colaboración pueden tomar la forma de empresas de propósito especial permitidas por las leyes locales, o empresas conjuntas y otros acuerdos de asociación. Es importante para E-REPAIR conocer a sus socios potenciales y poder evaluar los riesgos existentes o potenciales derivados de una contraparte que no opere de acuerdo con los principios éticos establecidos por E-REPAIR. En este sentido, la Sociedad exige a todos sus empleados, gerentes y directores que presten especial atención a la selección y evaluación de sus socios. Este Modelo Anticorrupción, que formará parte integrante del mismo, establece los requisitos para la selección, negociación y seguimiento de las actividades realizadas por estos socios. Estos principios de conducta se aplican a todas las relaciones entre la Compañía y sus socios.
3.3.2 Consultores, proveedores de servicios profesionales y trabajadores autónomos
E-REPAIR puede hacer uso de consultores, proveedores de servicios profesionales y trabajadores autónomos en el desempeño de su actividad. Cuando estas entidades actúen en nombre y/o por cuenta de E-REPAIR y mantengan contactos con un funcionario público o una entidad privada, en el ejercicio de sus funciones entran en la categoría de Terceros Relevantes, por lo que es necesario realizar más controles y comprobaciones.
Es importante evaluar a los consultores, proveedores de servicios profesionales y trabajadores independientes, y se debe obtener información sobre si alguno de ellos ha realizado actividades que están prohibidas por el Modelo Anticorrupción, o si hay posibilidades razonables de que así sea.
Los procedimientos de diligencia debida definen los criterios y procedimientos de control destinados a evaluar los riesgos asociados al establecimiento de relaciones con consultores, proveedores de servicios profesionales y trabajadores autónomos.
3.3.4 Terceros involucrados en transacciones extraordinarias
Para transacciones extraordinarias, como una fusión, adquisición o enajenación, E-REPAIR puede llevar a cabo la diligencia debida sobre la empresa involucrada en la transacción. En concreto, esta actividad, realizada también a través de asesores externos, incluirá:
- debida diligencia exhaustiva para verificar la integridad de la empresa involucrada en la transacción y de los titulares de las principales oficinas corporativas;
- la inclusión, en la evaluación del riesgo Anticorrupción requerida por el proceso de diligencia debida, de información sobre el 'Índice de Percepción de la Corrupción' para evaluar los niveles percibidos de corrupción en el sector y en el país en el que opera la empresa objetivo;
- una revisión forense, si corresponde, para identificar y evaluar, dentro de la empresa involucrada en la transacción, cualquier deficiencia en el sistema de control interno y/o cualquier transacción sospechosa (como señales de alerta, pagos anómalos, interacciones sospechosas con las administraciones públicas, etc.).
3.4 Pagos especiales
E-REPAIR prohíbe el pago o la promesa directa o indirecta de pagos, beneficios u otras ventajas a los Servidores Públicos con el fin de agilizar, favorecer o asegurar servicios de rutina y no discrecionales, que de otro modo serían parte normal de sus funciones, tales como:
- obtención de permisos comerciales no discrecionales;
- trámites no discrecionales como prácticas aduaneras o visas;
- la prestación de los servicios públicos.
3.5 Patrocinios
Las actividades de patrocinio están sujetas a las normas anticorrupción. E-REPAIR presta atención a cualquier posible conflicto de interés personal y/o corporativo asociado con cualquier actividad de patrocinio, que podría exponer a la Compañía al riesgo de corrupción. El patrocinio solo se puede otorgar si se encuentra entre los proyectos que tienen el único propósito de promover la marca, crear visibilidad y una reputación positiva para E-REPAIR. Para garantizar que el patrocinio no puede ocultar un beneficio para un tercero con el fin de obtener una ventaja indebida para la Compañía, todos los acuerdos de patrocinio se redactarán por escrito. E-REPAIR ha establecido métodos para autorizar, estipular y gestionar los contratos de patrocinio, que deben cumplir con los siguientes principios:
- se llevará a cabo la diligencia debida sobre los socios potenciales del patrocinio para evitar cualquier conflicto de intereses;
- los socios en acuerdos de patrocinio solo deben ser entidades reconocidas y confiables (o personas que fundan nuevas empresas, por ejemplo en el caso de empresas emergentes), con buena reputación;
- Los acuerdos de patrocinio deben redactarse por escrito.
3.6 Contribuciones políticas
Las donaciones políticas pueden dar lugar a mayores riesgos de soborno y corrupción. En particular, podrían utilizarse indebidamente para obtener o mantener una ventaja, como obtener un contrato, permiso o licencia, orientar decisiones políticas, etc. E-REPAIR prohíbe cualquier forma directa o indirecta de presión o influencia sobre los políticos y ha impuesto, en línea con lo dispuesto en el Código Ético, la prohibición de realizar aportes directos o indirectos a partidos políticos, movimientos, comités u otras organizaciones políticas o sindicales oa sus representantes.
3.7 Donaciones benéficas
Las donaciones a un Funcionario Público oa un particular pueden ser un riesgo para la Compañía si tienen como objetivo obtener o mantener un negocio o asegurar una ventaja ilícita. Las donaciones benéficas se encuadrarán en el ámbito de proyectos relacionados con la solidaridad social, los fines humanitarios, la prestación socioeconómica, la investigación científica, la educación, la protección y el desarrollo del patrimonio natural o artístico, o deberán estar destinadas al apoyo de actos u organismos de gran importancia social. o valor ambiental. Estos desembolsos no requerirán contraprestación alguna a cambio. E-REPAIR ha establecido procedimientos operativos para la autorización y pago de donaciones, los cuales deben cumplir con los siguientes principios:
- se comprobarán los posibles conflictos de interés en el proyecto a patrocinar;
- los beneficiarios deben ser conocidos, confiables y de excelente reputación;
- se verificará el cumplimiento de cualquier contribución con las Leyes Anticorrupción y las leyes aplicables.
3.8 Gastos de entretenimiento y hospitalidad, obsequios y otros beneficios
3.8.1 Gastos de entretenimiento, viajes y hospitalidad
Visitas a la oficina central, reuniones fuera de la oficina y otras transacciones relacionadas con el negocio que pueden implicar el pago o reembolso de costos de viaje y gastos relacionados por parte de la Compañía (por ejemplo, transporte, alojamiento, comidas y otros costos) incurridos por Funcionarios Públicos o empleados o directores de un cliente o un socio comercial y/o un proveedor puede generar un riesgo de corrupción. Los gastos de entretenimiento y hospitalidad son costos incurridos por E-REPAIR en la compra de bienes o servicios para individuos, empresas o terceros, que están justificados por actividades de marketing o están destinados a promover la marca de la empresa. Su principal característica es que no debe haber contraprestación. Todos los gastos de entretenimiento se registrarán de manera precisa y transparente en los registros contables de la Compañía, con suficiente detalle. Deben estar respaldados por documentación adecuada que identifique el nombre de los beneficiarios y el propósito del pago. Los gastos de entretenimiento deben ser razonables y realizados de buena fe, y tener las siguientes características:
- no deben pagarse en efectivo;
- no deben estar motivados por el deseo de ejercer una influencia indebida o con la expectativa de recibir algo a cambio;
- deben cumplir con los estándares generalmente aceptados de cortesía comercial;
- deben estar en línea con los procedimientos de la empresa, las leyes anticorrupción y los reglamentos aplicables;
- deben estar justificados por fines comerciales lícitos y su propósito principal no debe ser la visita a una atracción turística o una visita por intereses personales de los receptores del dinero.
3.8.2 Obsequios y regalos
Se pueden dar o recibir regalos u otros beneficios en el contexto de la cortesía comercial habitual, siempre que no comprometan la integridad y/o la reputación de ninguna de las partes y cuando un observador imparcial no pueda interpretarlos como destinados a crear una obligación de gratitud. o adquirir una ventaja indebida. E-REPAIR ha impuesto la prohibición de realizar o recibir, directa o indirectamente, cualquier tipo de obsequio destinado a obtener una ventaja indebida, ya sea personal o empresarial, o cualquier obsequio que pueda interpretarse como tal. Los únicos obsequios permitidos, dados por razones de cortesía, serán:
- de escaso valor, o acorde con las circunstancias del destinatario;
- dado de buena fe y de acuerdo con la práctica adecuada;
- consistentes con los estándares de cortesía comercial generalmente aceptados (paquetes de Navidad, por ejemplo) o tienen fines promocionales/de demostración;
- no ser pagado en efectivo;
- en línea con los procedimientos de la empresa, las leyes anticorrupción y la normativa aplicable.
3.9 Contabilidad y teneduría de libros
Las principales leyes anticorrupción imponen requisitos específicos sobre la contabilidad, en parte para desalentar y revelar cualquier pago o recibo realizado con fines de corrupción. E-REPAIR adopta procedimientos para garantizar que la contabilidad cumpla con los principios contables aplicables al reflejar de manera completa y transparente los hechos que subyacen a cada transacción. Todos los compromisos de costos, cargos, recibos, ingresos, pagos y gastos deben registrarse rápidamente de manera completa y precisa, y deben tener la documentación de respaldo adecuada emitida de acuerdo con todas las leyes aplicables y los requisitos del sistema de control interno. El Personal de E-REPAIR nunca aceptará registrar una factura por servicios que no fueron prestados o fueron diferentes al objeto del contrato, o pagar gastos inusuales, excesivos, mal descritos o mal registrados. Ningún registro contable u otros documentos relacionados con una transacción se alterarán o cambiarán de ninguna manera que pueda hacer que la verdadera naturaleza de la transacción sea poco clara o falsa. No se aprobará y/o realizará ningún pago a nombre de E-REPAIR por obras o servicios si existe un acuerdo explícito o implícito de que parte del pago se utilizará para un propósito diferente al descrito en la documentación que respalda el pago. . Los fondos y cuentas ocultos o no registrados están prohibidos. Estos requisitos se aplican a todas las transacciones, independientemente de su monto. Además, todos los empleados deberán cumplir con todos los requisitos aplicables a la preparación y presentación de informes de gastos.
4.1 Contratación y gestión de personal
E-REPAIR rige el proceso de selección, contratación y gestión del personal de forma que se asegure que las actividades empresariales se realicen respetando los principios de profesionalidad, transparencia y corrección, en cumplimiento de lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables. Estas actividades se llevarán a cabo de acuerdo con los siguientes principios:
- el personal debe ser contratado con base en los requerimientos del negocio, sustentado con la debida autorización de los sujetos con poder de decisión;
- los candidatos deben ser evaluados por varias personas con diferentes perfiles, y los resultados de todo el proceso de evaluación deben registrarse adecuadamente;
- se verificará la confiabilidad ética de los candidatos y la ausencia de conflictos de interés potenciales o actuales;
- la remuneración y los bonos deben ser consistentes con el rol, las responsabilidades y las políticas de la empresa.
4.2 Formación del personal
Con el fin de difundir un adecuado conocimiento y comprensión de los contenidos de este Modelo, E-REPAIR, exige a todos sus empleados que ocupan puestos de dirección, administración, dirección y control la asistencia a un programa de formación anticorrupción obligatorio. El programa de capacitación se modulará de acuerdo con sus cargos en actividades con riesgo de corrupción. El programa de formación es gestionado por el Departamento de Recursos Humanos. E-REPAIR también requiere que, dentro de los primeros seis meses de la contratación, y siempre que se considere necesario (por ejemplo, luego de cambios significativos en el contenido del Modelo Anticorrupción y/o las leyes Anticorrupción), se realicen cursos de capacitación sobre este Modelo Anticorrupción y sobre -leyes anticorrupción con el fin de dar a conocer los principios, compromisos y su modo de implementación. El Departamento de Recursos Humanos es responsable de la planificación del curso, el almacenamiento del material suministrado y el registro de los participantes, así como de mantener toda la información en cumplimiento de las leyes aplicables. El Modelo Anticorrupción está disponible en https://www.e-repair.com.
- detección y segregación de actividades/procesos mediante la implementación tanto de herramientas organizativas, como la separación de tareas y responsabilidades, como de herramientas de acceso a información y datos, cuya disponibilidad debe depender de las responsabilidades asignadas al personal;
- adopción e implementación de normas internas adecuadas para definir los métodos operativos de los procesos y actividades significativos;
- identificación de personas habilitadas para realizar determinadas actividades de control y autorización y atribución de facultades y responsabilidades adecuadas a las funciones asignadas;
- trazabilidad de todas las operaciones realizadas y mantenimiento de registros y libros contables.
- formulario anónimo en el sitio web de E-Repair, sección Anticorrupción
Consultante - servicios destinados a brindar una opinión especializada o servicios profesionales de carácter intelectual destinados a definir lineamientos, planes de acción o estudios de factibilidad para apoyar las decisiones gerenciales sobre temas específicos (por ejemplo, asuntos estratégicos/gerenciales) considerados como prioritarios para el desarrollo empresarial y/o corporativo. Saber cómo.
Contacto significativo - Cualquier contacto directo o indirecto relacionado con:
- cualquier relación con un Funcionario Público;
- investigaciones, inspecciones, permisos, registros de la administración pública;
- cualquier potencial o actual con una administración pública o cualquier actividad que involucre un órgano administrativo o una empresa propiedad o controlada por una administración pública, un partido político o una organización pública internacional;
- cualquier otra negociación, acuerdo o reunión con un órgano administrativo o una organización pública internacional o un Funcionario Público, con excepción de las reuniones que no impliquen el apoyo de ningún cargo, si estas reuniones son con un Funcionario Público que actúe en su ministerio, capacidad administrativa o legal, y con el único fin de solicitar interpretación u opinión sobre la aplicación de normas, la explicación de procedimientos, la presentación de documentos a la administración o aspectos legales de una operación privada;
- cualquier contacto con particulares que ocupen altos cargos o personas directamente sujetas a la dirección o supervisión de uno de los altos directivos dentro de una empresa o consorcio que pueda implicar el dar, recibir o prometer dinero u otros beneficios, para sí mismos o para otros, en ordenar realizar u omitir acciones incumpliendo las obligaciones de los sujetos antes mencionados, con perjuicio de la sociedad a la que pertenecen;
- otras actividades similares.
Corrupción directa - acto de corrupción realizado directamente por un individuo a otro.
Corrupción indirecta - acto de corrupción realizado por un tercero actuando en nombre de otra persona.
Corrupción pasiva - acción decidida por cualquiera que directa o indirectamente reciba o solicite o acepte promesas para obtener un beneficio económico u otro beneficio de un Funcionario Público o de un particular, para sí o para terceros, para actuar o negarse a actuar de acuerdo con sus deberes o en el ejercicio de sus funciones incumpliendo sus obligaciones oficiales o el deber de lealtad.
Debida diligencia - En el contexto anticorrupción, significa reunir suficiente evidencia, dentro de los límites legales, para poder determinar si un socio cumple con los requisitos Anticorrupción definidos por E-REPAIR con referencia al procedimiento actual. Esta actividad de evaluación también puede llevarse a cabo periódicamente con el fin de recopilar elementos útiles para la evaluación de la contraparte. Facilitación: consulte 'Pago facilitado'.
Oficial público - esto generalmente se refiere a cualquier funcionario público, incluidos, entre otros, los funcionarios electos o designados; cualquier empleado u otra persona que actúe en representación o en nombre de un funcionario público, organismo, agencia o empresa que realice una función gubernamental; cualquier empleado u otra persona que actúe en nombre de una entidad controlada total o parcialmente por el gobierno; cualquier partido político, funcionario, empleado u otra persona que actúe en representación o en nombre de un partido político o cualquier candidato a un cargo público; cualquier empleado o persona que actúe en nombre de una organización internacional pública (como las Naciones Unidas o el Banco Mundial). Esta definición incluye a todos los funcionarios y empleados de empresas de propiedad o controladas, incluso parcialmente, por el gobierno, incluidos todos los empleados de empresas y agencias de propiedad del gobierno, incluso si esas empresas funcionan como empresas privadas.
Revisión forense - controles destinados a identificar y evaluar las deficiencias en el sistema de control interno y/o las operaciones sospechosas realizadas por terceros con los que se va a establecer una relación.
Leyes anticorrupción - Leyes anticorrupción: incluye el Código Penal italiano, el Decreto Legislativo 231/2001 y otras disposiciones aplicables, la FCPA, la Ley contra el soborno del Reino Unido y otras leyes públicas y comerciales contra la corrupción vigentes en todo el mundo y los tratados internacionales anticorrupción, como como la Convención para Combatir el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Proyecto conjunto - un acuerdo entre una o dos empresas, incluso de diferentes países, para lograr un objetivo comercial específico, compartir los riesgos y explotar sus respectivas habilidades y tiene por objeto crear empresas mixtas, consorcios, asociaciones empresariales temporales (ATI), asociaciones, acuerdos de colaboración o otras entidades, incluidas las personas jurídicas, en las que E-REPAIR tenga una participación.
Regalo - artículo dado a título gratuito como acto unilateral sin nada a cambio.
Pago facilitado - pagos extraoficiales realizados a favor de un Funcionario Público, con el fin de agilizar, facilitar o asegurar la realización de una actividad rutinaria o prevista como parte de sus funciones por Funcionarios Públicos.
Rendimiento profesional - servicios de naturaleza intelectual a ser proporcionados por terceros para garantizar la continuidad del negocio (por ejemplo, selección/formación de personal, soporte técnico, TI, etc.) para los cuales se requieren conocimientos, habilidades o recursos específicos o no disponibles actualmente en la Sociedad, o que, conforme a la ley, se encomienden a terceros.
Trámites E-REPAIR - Procedimientos de E-REPAIR que rigen los procesos comerciales también para prevenir riesgos de corrupción.
Bandera roja - cualquier circunstancia o evento capaz de señalar una violación de las leyes Anticorrupción, principios del Modelo Anticorrupción o Lineamientos, en relación con una situación potencialmente riesgosa.
Presente - ver 'Regalo'.
Solidaridad social - actividad gratuita realizada a favor de 'personas necesitadas y colectivos desfavorecidos' con el fin de ofrecer apoyo social, asistencia sanitaria, apoyo a la rehabilitación social y protección de derechos.
Gastos de hospitalidad - gastos de entretenimiento incurridos (por ejemplo, gastos de viaje, comida y alojamiento) para hospedar a proveedores, clientes u otras partes, en relación con las actividades comerciales.
Gastos de representación - provisión de bienes o servicios a título gratuito, resultantes de obligaciones de relación y/o deberes de hospitalidad, sobre la base de prácticas comerciales en la industria y en relación con las actividades comerciales.
Soborno - una oferta, pago o promesa de cualquier cosa de valor (por ejemplo, dinero o cualquier otro beneficio) que tiene por objeto inducir al destinatario a hacer un uso indebido de su puesto oficial o influir en la persona en el desempeño de sus funciones e incentivar que actúen deshonestamente.
Tercero - una persona física o jurídica externa a E-REPAIR (por ejemplo, proveedores, clientes, etc.)
Tercero significativo - cualquier persona física o jurídica, que no sea un empleado, que actúe en nombre y/o por cuenta de E-REPAIR y que pueda tener contacto con un funcionario público o una entidad privada en el desempeño de su trabajo en nombre y/o por cuenta de E-REPAIR (tales como socios de Joint Ventures, Consultores, personas jurídicas involucradas en transacciones extraordinarias, etc.).
Unidad Anticorrupción - unidad creada por la Gerencia, responsable de brindar información en materia Anticorrupción y aclaraciones sobre:
- el contenido del Modelo y de las Directrices y las leyes anticorrupción vigentes en Italia o en el país en el que opera el Grupo;
- la aplicación de las disposiciones contenidas en el Modelo y en los Lineamientos Anticorrupción también respecto de las disposiciones Anticorrupción vigentes en el país donde opera.